El Supremo mantiene a Otegi en prisión por un voto de diferencia

El País - Gara
dimecres 9 de maig de 2012
par Redacció
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Aunque le reduce la condena de 10 a 6 años y medio, tiene penas hasta 2016

El Tribunal confirma la condena por pertenencia a banda armada al exlíder de Batasuna y a Díez Usabiaga en el ’caso Bateragune’ pero a ambos les excluye del grado de dirigentes

El Tribunal Supremo mantendrá en prisión a Arnaldo Otegi hasta abril de 2016, por su intento de reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de Bateragune, según la sentencia dictada este miércoles, que le reduce de 10 a 6 años y medio la pena impuesta por la Audiencia Nacional, al considerarle mero “integrante” en vez de “dirigente” de la organización terrorista ETA. Este mismo criterio ha sido el utilizado para reducir la condena en la misma proporción al dirigente de LAB, Rafael Díaz Usabiaga. El fallo también reduce de 8 a 6 años las penas de Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto, extesorera de ANV, y Miren Zabaleta, hija del dirigente de Aralar Patxi Zabaleta. más información

Los cinco de Bateragune La Audiencia Nacional condena a Otegi a 10 años como dirigente de ETA Idoia Mendia: “La sociedad vasca no entendería que Otegi siguiera en prisión” Eguiguren visita a Otegi en prisión, por LUIS R. AIZPEOLEA

La sentencia del Supremo refleja la fuerte división del tribunal sentenciador, que ha tardado más de mes y medio en alcanzar un pronunciamiento. Finalmente, han prosperado las tesis más conservadoras del presidente de la Sala, Juan Saavedra, y los magistrados José Manuel Maza y Juan Ramón Berdugo, frente a los criterios más moderados del ponente inicial, Miguel Colmenero, partidario de anular la sentencia y celebrar nuevo juicio, y del magistrado Alberto Jorge Barreiro, directamente partidario de la absolución por considerar que los acusados ni actuaron a las órdenes ni tampoco pertenecían a ETA.

Son precisamente estos dos votos particulares, y especialmente el de Jorge Barreiro —que considera que los acusados actuaron en la línea política de Bildu—, los que permiten alentar alguna esperanza de que el Constitucional contradiga una vez más al Supremo y ampare a los condenados, según dijo este miércoles a este periódico el abogado Iñigo Iruin. En las próximas semanas, posiblemente en junio, se espera el pronunciamiento del Constitucional sobre Sortu, que podría clarificar en gran medida el panorama sobre estas condenas. En cualquier caso, sobre Otegi pesa una condena anterior y firme de inhabilitación por enaltecimiento del terrorismo hasta el 22 de septiembre de 2014, a la que se añade otra pena de inhabilitación de 10 años en la sentencia de ayer, por lo que en principio no podrá acceder a un cargo público hasta el año 2022. Las elecciones autonómicas en Euskadi deberían ser en marzo del año que viene, aunque se especula con su adelanto para este otoño.

El Supremo considera a Otegi y Usabiaga autores de un delito de integración en organización terrorista del artículo 517.2 del Código Penal, excluyendo en el fallo la calidad de “dirigentes” de la organización que había sido apreciada por la Audiencia Nacional. La sentencia de la Audiencia les consideró “dirigentes” en tanto “portavoces autorizados” de la izquierda abertzale designados por ETA en una comisión de coordinación o dirección de Bateragune. Según la Audiencia, Otegi y Usabiaga eran los “responsables y promotores de la nueva estrategia de la banda, en la que primaba lo político sobre lo militar, pero sin el abandono de las armas”.

Por el contrario, el Supremo distingue entre los “integrantes” de una organización terrorista, que son automáticamente todos sus miembros, y los elementos de la “dirección”, que son aquellos terroristas que tienen “la responsabilidad efectiva y autónoma” de adoptar decisiones que orienten a la organización.

Respecto de Otegi y Arkaitz Rodríguez, “ninguna dificultad ofrece la consideración de su integración y pertenencia” en ETA pues, según el Supremo, la organización criminal delegó en ambos “la labor negociadora y de aglutinación del sector soberanista del País Vasco” dentro de la izquierda abertzale. Es decir, ambos siguieron las pautas de ETA de forma activa y consciente, actuando bajo su tutela y dirección y a su directo servicio. Otegi no puede presentarse como candidato a ’lehendakari’

Pero en el caso de Otegi y Usabiaga, la Audiencia les atribuyó además la condición de “dirigentes”, mediante una “escueta referencia” a que ambos ostentaban la categoría de responsables y promotores de Bateragune trazando las líneas de actuación que seguían luego los otros acusados.

Para el Supremo, esta labor de coordinación no justifica su catalogación como “dirigentes”, ya que el único protagonismo que asumieron fue con los medios de comunicación. “Dicho en palabras coloquiales, ser la cara visible ante los medios de la nueva estrategia concebida por ETA”.

Al quedar excluida la posición directiva que la sentencia de la Audiencia Nacional les atribuyó injustificadamente, su participación debe reconducirse a la de “pertenencia o integración” en organización terrorista.

En su voto particular discrepante, el magistrado Miguel Colmenero opina que el recurso de Otegi debió ser estimado en cuanto la sentencia de la Audiencia Nacional fue dictada por la magistrada Ángela Murillo, a la que el Supremo anuló una sentencia anterior por falta de imparcialidad hacia Otegi. Para Colmenero, debía haberse anulado la sentencia y celebrarse otro juicio.

El magistrado Alberto Jorge Barreiro comparte los argumentos de Colmenero pero además entiende que si la documentación sobre una línea política autónoma de ETA no se consideró suficiente para ilegalizar a Bildu, mucho menos debería serlo para condenar penalmente a sus valedores, aunque procedan del mundo de Batasuna, por lo que debieron ser absueltos.

Algunas voces han anunciado la posibilidad de que el exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi se presente como candidato a lehendakari en las próximas elecciones autonómicas. Esto sin embargo no será posible. Otegi está inhabilitado, no solo por el caso Bateragune, sino también por su participación el 9 de julio de 2005 en el homenaje al etarra José María Sagarduy, Gatza. Por ello, la Audiencia Nacional le condenó en 2010 a dos años de prisión y 16 de inhabilitación, lo que significa que durante ese periodo no podría formar parte de ninguna organización política o concurrir como candidato a las elecciones.

A esto se añade que, dadas las circunstancias actuales, Otegi aún estaría en la cárcel cuando se celebren los próximos comicios vascos. De completarse la legislatura, como muy tarde se convocarían para marzo de 2013 y, pese a que la sentencia del Tribunal Supremo reduce su condena de diez a seis años y medio por el caso Bateragune, Otegi solo ha cumplido dos años y medio de esa pena. Por tanto, aún estaría lejos de salir de prisión.

Fuente: El País


El Tribunal Supremo español ha reducido de diez a seis años y medio de cárcel la condena impuesta a Arnaldo Otegi y Rafa Díez. El fallo cuenta con dos votos particulares, de los cuales uno aboga por la absolución y el otro por que el juicio se celebrara de nuevo con un distinto tribunal.

El Tribunal Supremo español ha reducido de diez a seis años y medio de cárcel la condena impuesta a Arnaldo Otegi y Rafa Díez mientras que en el caso de Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto y Miren Zabaleta la rebaja de ocho a seis años. El fallo cuenta con dos votos particulares, de los cuales uno aboga por la absolución y el otro por que el juicio se celebrara de nuevo con un distinto tribunal.

09/05/2012 12:18:00

MADRID-. El Tribunal Supremo español ha rebajado de diez a seis años y medio la condena impuesta por la Audiencia Nacional española a Arnaldo Otegi y Rafa Díez, mientras que la ha reducido de ocho a seis años en el caso de Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez.

El Supremo ha estimado parcialmente los recursos interpuestos por la defensa de los cinco militantes abertzales, encarcelados desde octubre de 2009 –salvo Rafa Díez, que tras permanecer casi año y medio en libertad fue enviado de nuevo a prisión tras el fallo de la AN–.

En el caso de Otegi y Díez, sigue considerándoles "integrantes" de organización armada pero les excluye del grado de "dirigentes" por el que fueron castigados al considerar que esa condición no ha quedado suficientemente acreditada.

Sí respalda el criterio de la AN para condenarles por "pertenencia" y admite como prueba las reuniones que mantuvieron en la sede de LAB y los desplazamientos que hicieron a Ipar Euskal Herria. Toma también en consideración el hecho de que los cinco militantes no han condenado a ETA.

El Supremo sostiene que el objetivo del juicio "no alcanza al debate político y estratégico en el seno de la izquierda abertzale, actividad que no le corresponde analizar a la jurisdicción", y afirma que lo que debe juzgar es "la ejecución por los acusados del plan diseñado por una organización terrorista, que no ha depuesto las armas, como integrantes de la misma".

"Serán autores, en su caso, del delito calificado por la acusación por pertenecer a la organización terrorista, no por desarrollar la acción política programada", subraya la sentencia.

Dos votos particulares: absolución y repetición del juicio

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, cuenta con dos votos particulares, uno de los cuales, firmado por Alberto Jorge Barreiro, aboga por la absolución. GARA ha recibido ese voto como si fuera la sentencia, lo que ha propiciado que en un principio se informara erróneamente.

Barreiro afirma en su voto que "el hecho de que ETA tuviera como objetivo político organizar un frente soberanista e independentista entre todas las fuerzas políticas de la izquierda vasca que dejara al margen al PNV no quiere decir que los acusados y su sector abertzale se pusiera a las órdenes de la organización etarra ni que aceptaran cumplir sus mandatos políticos y mucho menos que pertenecieran a ETA".

Este magistrado concluye, de hecho, que "todo constata que no fue así" y que, según las pruebas "el grupo mediante el que se ejecutaban las órdenes etarras estaba integrado por el sector de Ekin, que sí se hallaba integrado en el órgano ejecutivo de Bateragune (...), mientras que los acusados actuaban por su cuenta, oponiéndose con hechos sustanciales" a la línea de ETA.

En el segundo voto particular, el magistrado Miguel Colmenero se inclina por estimar la recusación presentada por la defensa de Otegi y Rodríguez contra el tribunal que les juzgó y devolver la causa al tribunal de origen (Audiencia Nacional) para celebrar de nuevo el jucio "con un tribunal compuesto por magistrados diferentes".

"CASO BATERAGUNE"

La izquierda abertzale afirma que el fallo es "un alarde de quienes sueñan con volver a la situación anterior al 20 de octubre"

La izquierda abertzale entiende que la sentencia del Tribunal Supremo que mantiene en prisión a los condenados por el "caso Bateragune" es "una patada al proceso" abierto en Euskal Herria que, sin embargo, no hace sino mostrar "la debilidad" del Estado español y dejar en evidencia "su incapacidad política". Se ha ratificado en el camino emprendido y ha llamado a responder a Madrid "como país, uniendo a la mayoría social contra todos los intentos de boicotear el proceso".

DONOSTIA-. La izquierda abertzale considera que la sentencia del Tribunal Supremo es "escandalosa e inaceptable" y supone "un castigo" para "quienes desde su labor política apostaron por poner en marcha un proceso de paz y normalización política y son artífices del cambio político y social que ya conoce la sociedad vasca".

Pernando Barrena y Maribi Ugarteburu, en una comparecencia en Donostia junto a varios representantes de la izquierda abertzale, han destacado que el fallo "va más allá de lo que la izquierda abertzale representa políticamente" y "causa indignación en Euskal Herria", a la vez que "ensancha todavía más la grieta que progresivamente separa a la sociedad española de la vasca".

Tras enviar un "enorme y cálido abrazo" a Arnaldo Otegi, Rafa Diez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez, han recordado que "la mayoría" de la sociedad vasca y "una amplia representación de la comunidad internacional" mostraron su rechazo a la sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional española. La resolución dada a conocer hoy, han resaltado, "no ha hecho sino crecer esa incredulidad generalizada de la sociedad vasca".

"Cuando en el país hay abierto un proceso para una resolución democrática al conflicto, cuando acaban de cumplirse seis meses desde la declaración de Aiete y la decisión de ETA de dar por terminada su actividad armada, y cuando la posición activa por una solución dialogada es prácticamente unánime en la sociedad vasca y también en el ámbito internacional, ahora, en ese contexto, el Supremo se descuelga con una sentencia que no cabe sino interpretar como una patada al proceso de paz y un alarde de quienes desde posiciones involucionistas sueñan con volver a la situación anterior al 20 de octubre", han censurado.

"Una muestra de debilidad enorme"

Barrena y Ugarteburu han remarcado que el trabajo militante de los cinco condenados, "junto al resto de la militancia independentista, ha sido el que ha hecho posible el actual escenario político y social en el país. Y eso es lo que hoy el Estado ha venido a penalizar con la sentencia del Supremo. El Estado español ha decidido que debe perseguir y condenar a los artífices del inicio del proceso de paz y normalización política". A su juicio, sin embargo, eso "no es sino una muestra de debilidad enorme".

Tras subrayar que "España es un estado al borde del colapso económico y social", que "actúa con las armas del totalitarismo ante las reivindicaciones sociales y nacionales", han denunciado que "España utiliza la violencia una vez más para ocultar su falta de proyecto y el pavor que le causa contemplar la mera hipótesis del diálogo en torno a la resolución del conflicto político".

La izquierda abertzale, no obstante, entiende que el fallo del Supremo "pone de relieve la necesidad de profundizar en la apuesta iniciada" y asegura que "no hay sentencia posible que pueda paralizar eso".

"No va a faltar a la confianza depositada"

"La izquierda abertzale quiere decir, alto y claro, que no va a fallar a la confianza depositada y que ninguna persecución, detención, juicio o sentencia va hacer que varíe su apuesta por el proceso de paz y normalización política", han insistido.

Ugarteburu y Barrena han abogado por que la respuesta a la resolución judicial "sea proporcionada al reto que se nos plantea", por lo que han llamado a "responder al rodillo de la represión reclamando los mínimos democráticos que como pueblo nos corresponden". A su entender, "eso exige la fuerza que solo la unidad puede darnos, respondiendo a Madrid como país, uniendo una vez más a toda esa mayoría social en esta ocasión contra el sinsentido de esta sentencia y todos los intentos de boicotear el proceso de paz".

Finalmente, han mostrado su adhesión a todas las movilizaciones que se convoquen en denuncia de la sentencia y han llamado a participar en ellas.

Fuente: Gara


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